VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0472/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0472/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

en el lugar del avasallamiento

En consecuencia, el equipo multidisciplinario de la Secretaría Técnica y Descolonización del Tribunal Constitucional Plurinacional, conformado por un Sociólogo, un Antropólogo y un Especialista en Tierras Bajas, acudieron al territorio de las Comunidades Indígenas “Guaraní Iuguasurenda” y “Nuevo Amanecer” que forman parte de las once comunidades que constituyen la Capitanía Takovo Mora A.P.G.; quienes a través de la metodología y técnica de la observación directa en campo y aplicación de entrevistas focales, palparon en persona, la verdad histórica de los hechos y realidades por las cuales se encuentran atravesando los accionantes en calidad de miembros de dichas Comunidades Indígenas, que fueron descritas a través del Informe Técnico Especializado TPC/STYD/UJIOC/010/2018, el cual se constituye en el medio idóneo parar que la suscrita Magistrada haya tomado cuenta que: “Existe un documento de titulación como Tierra Comunitaria de Origen TCO en el lugar del avasallamiento, donde no debería existir la propiedad privada, sin embargo se evidencia la presencia de personas ajenas al Pueblo Guaraní que ingresaron a los mencionados terrenos. Dichas personas, en la actualidad se encuentran construyendo cuartos de material local” ([sic] las negrillas y subrayado son agregados), a efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada; más aún, en razón a que dicho informe recomendó que: “De acuerdo a lo analizado y debido a la aparente vulneración de derechos colectivos de las referidas comunidades, se recomienda en el caso concreto la reconducción procesal para que la demanda sea tramitada como Acción Popular” ([sic] el resaltado es nuestro).

Sin embargo, a pesar que ameritaba la reconducción de la acción de amparo constitucional a la acción popular, por encontrarse en tela de juicio derechos colectivos de Comunidades Indígenas Guaraníes que conforman la Capitanía Takovo Mora A.P.G.; y, poder ingresar a conocer el fondo de la problemática planteada, sobre la base del trabajo de campo realizado por funcionarios del propio Tribunal Constitucional Plurinacional, que se constituye en un medio probatorio idóneo para constatar la afectación del territorio ancestral como un derecho colectivo de las Comunidades Indígenas “Guaraní Iuguasurenda” y “Nuevo Amanecer” que posiblemente se encontraría confrontado con el derecho a la vivienda de quienes ocupan actualmente dicho territorio; empero, lamentablemente el Magistrado Carlos Alberto Calderón no aprobó el proyecto elaborado por la suscrita Magistrada y formuló uno alterno, que fue apoyado por el Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional -Petronilo Flores Condori-; motivo por el cual, me encuentro obligada a efectuar el presente Voto Disidente: