VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0472/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0472/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

Fragmento 37

En cuanto a la descripción del porqué no resolvieron este conflicto vinculado a medidas o vías de hecho por avasallamiento, a través de sus normas, procedimientos y por las autoridades competentes, el estudio indica que la Comunidad y la Asamblea del Pueblo Guaraní (A.P.G.), no se consideran competentes para tomar decisiones relacionadas al supuesto avasallamiento; los motivos que aducen para ello, son que “los avasalladores no son y tampoco quieren serlo” (sic), y que a pesar de habérseles invitado a que pertenezcan al pueblo guaraní, éstos se opusieron y que en la actualidad el conflicto se encuentra ventilado en la jurisdicción ordinaria, debido a que ante las agresiones físicas presentaron la denuncia correspondiente, y que el proceso penal fue aceptado por el Juzgado Público Mixto, Civil, Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Cabezas del departamento de Santa Cruz; el citado informe también refiere que los integrantes de la Comunidad tienen miedo de enviar a sus hijos a la escuela, debido a que deben pasar por el terreno en conflicto, dado que es el punto central para dirigirse a la ciudad de Santa Cruz o al municipio de Cabezas.