de los arts. 16.I en la frase: “…determinada por la entidad…” y II; 17.4 en el texto: “Por razones de interés institucional”; 18.I inc. b) en el contenido: “Institucional (transferencia institucional) referida a satisfacer el beneficio de la instituc
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

de los arts. 16.I en la frase: “…determinada por la entidad…” y II; 17.4 en el texto: “Por razones de interés institucional”; 18.I inc. b) en el contenido: “Institucional (transferencia institucional) referida a satisfacer el beneficio de la instituc

Fecha: 12-Sep-2019

31. Inamovilidad.

31. Inamovilidad. La integridad judicial implica la existencia de reglas que garanticen la permanencia en el cargo de los miembros de la Judicatura, sin traslados forzosos o injustificados, dejando a salvo situaciones comprobadas que dieren mérito a medidas disciplinarias, previo el debido procedimiento administrativo, sujeto a control jurisdiccional”.