En virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), la suscrita Magistrada expresa su Voto Disidente a la DCP 0060/2019 de 4 de septiembre, en lo concerniente a la declaración de compatibilidad de los arts. 16, 20,
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), la suscrita Magistrada expresa su Voto Disidente a la DCP 0060/2019 de 4 de septiembre, en lo concerniente a la declaración de compatibilidad de los arts. 16, 20,

Fecha: 04-Sep-2019

Fragmento 28

En ese marco de los fundamentos expuestos, la suscrita Magistrada presenta Voto Disidente respecto de los preceptos normativos analizados del proyecto de Carta Orgánica Municipal de San Carlos dispuesta en la DCP 0060/2019 de 4 de septiembre. Con dicha salvedad firma la citada Resolución constitucional.