SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

III.4.  Consideraciones finales

Es preciso tomar en cuenta que si bien el Fiscal de Materia efectuó una debida justificación de su decisión en el proveído de 18 de abril de 2019, aplicando el test de proporcionalidad al considerar la existencia de divergencia entre los derechos del imputado y los de las víctimas dentro del proceso penal de origen; no se advierte que el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Zudáñez del departamento de Chuquisaca, encargado del control jurisdiccional, hubiese efectuado dicho análisis o mínimamente alguna consideración respecto a la connotación y circunstancias del caso concreto, antes de tomar la decisión de ordenar al Fiscal de Materia otorgue las copias de medios magnéticos con la declaración de las víctimas en favor del imputado, soslayando efectuar un enfoque integral del mismo, al tratarse de un hecho de violencia hacia la mujer, más aun de un tipo de violencia con graves consecuencias en la integridad física y emocional de la víctima.

Del mismo modo, de la revisión de la Resolución 01/2019, emitida por la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Zudañez del departamento de Chuquisaca (Antecedente I.2.3), se tiene que pese a encontrarse ejerciendo el papel de Jueza de garantías, omitió realizar el análisis de la acción de defensa con un enfoque integral en procura del resguardo de los derechos de las víctimas de violencia sexual, omitiendo referirse al test de proporcionalidad practicado por la autoridad demandada, con la finalidad de desvirtuar o corroborar lo alegado por el accionante, limitándose a conceder la tutela únicamente en base a la existencia de una orden judicial que disponía la otorgación de la prueba solicitada por la parte imputada.

En ese marco y tomando en cuenta que como efecto de la concesión de tutela dispuesta en favor del impetrante de tutela se entiende que una o más copias del CD o DVD que contiene el anticipo de prueba consistente en las declaraciones de las víctimas NN y PP se encuentra en poder de éste, cualquiera mal uso o difusión del contenido de dichos elementos de prueba, en perjuicio de las víctimas, será de entera responsabilidad de dichas autoridades.