Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
c)
c) La querella presentada al Fiscal a quo es por el delito de enriquecimiento ilícito de particulares por afectación al Estado con relación al proyecto de desparasitación y control de garrapatas, siendo los mismos hechos que en el presente caso, con la diferencia de que la víctima no participó de la investigación impulsada por los socios ganaderos de la ASOGACHACO;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.2. El principio de congruencia como elemento del debido proceso
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- 2)
- 3)
- III.4. Otras consideraciones
- salvo que los demandados tengan su domicilio fuera del asiento judicial donde se planteó la acción, caso en que, se aplicará lo previsto en el art. 146 del CPC, y respecto a exhortos y ordenes instruidas conforme el art. 113 del mismo Código, las mismas deben ser enviadas o diligenciadas en los términos que señala el Código de Procedimiento Civil
- REVOCAR en parte