SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2019-S1

Fecha: 16-Sep-2019

III.4.2. En relación a la fundamentación y motivación

Al respecto, a jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional, señala que toda autoridad que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe obligatoriamente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga y desarrolle cada uno de los hechos establecidos, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión lea y comprenda la misma, dejando pleno convencimiento de que se ha actuado no solo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos establecidos en la Constitución Política del Estado.

En ese marco, considerando el análisis previo por el cual se llegó a la conclusión de la existencia de una incongruencia omisiva respecto a lo agravios cuarto, quinto y sexto, mas no sobre el primero, segundo y tercer punto de reclamo, en la cual si se estableció una respuesta, a continuación se efectuará el análisis de la fundamentación y motivación únicamente con relación a dichos cuestionamientos.