SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2019-S1

Fecha: 16-Sep-2019

por no presentada”

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 769/2018 de 13 de diciembre, cursante de fs. 64 a 65, dispuso la corrección de la Resolución 753/2018 de 5 de “noviembre” –de admisión de la acción de defensa– declarando “por no presentada” la presente acción tutelar bajo los siguientes fundamentos:       a) Conforme a la jurisprudencia constitucional se tendrá legitimación activa cuando el sujeto jurídico se encuentre en la posición que fundamenta la titularidad y que sea titular de derechos o garantías constitucionales; b) La SCP 0652/2004-R de 4 de mayo respecto al cumplimiento de los requisitos de admisión dentro de una acción de amparo constitucional, refiere que si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos da lugar a la improcedencia, sin ingresar al fondo de la demanda; y, c) “A la fecha” no se notificó al ex Fiscal Departamental de Tarija –Carlos Andrés Oblitas Alvares– existiendo la “falta de legitimación activa”.