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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S2

    Fecha: 06-Oct-2020

    Fragmento 21

    En relación al art. 236.6 del CPP, la Vocal demandada señaló que: “…respecto a la competencia forma y contenido de la resolución refiere a la duración de la medida esta disposición se aplica para el auto que imponga una medida cautelar y en la presente audiencia no se ha impuesto ninguna medida cautelar lo que hizo fue resolver una solicitud de cesación de la detención preventiva…” (sic).

    • acción de libertad
    • al existir concurso de delitos, no es aplicable el Art. 236
    • 1)
    • i)
    • a)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
    • es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • Fragmento 19
    • Fragmento 20
    • Fragmento 21
    • Fragmento 22
    • Fragmento 23
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • Fragmento 26
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 28
    • REVOCAR

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