SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S2
Fecha: 06-Oct-2020
Fragmento 24
De lo descrito, se puede observar del Auto de Vista cuestionado a través de esta acción tutelar, que la Vocal demandada detalló los antecedentes que dieron lugar al recurso de apelación incidental e identificó los agravios expresados por el recurrente, cumpliendo con la fundamentación descriptiva; pronunciándose sobre los puntos apelados, desarrolló de manera individual el peligro de fuga establecido en el art. 234.1 del CPP en sus elementos domicilio y trabajo y numeral 2 del mismo artículo; el peligro de obstaculización del art. 235.2 del citado Código; la improcedencia de la detención preventiva del art. 232.6 del Código Adjetivo Penal; y, el plazo de duración de la medida impuesta que se debe determinar en la decisión conforme el art. 236.6 del mencionado Código, denotándose la fundamentación fáctica; bajo el análisis de los arts. 7, 124, 173, 221, 222, 239.1 y 398 de dicha normativa, se realizó la fundamentación jurídica; iniciando el examen bajo el entendido de que, el accionante tiene la carga de la prueba al momento de solicitar la cesación de la detención preventiva, debiendo demostrar por medio de nuevos elementos que ya no concurren los motivos que la fundaron o que la medida impuesta pueda ser sustituida o modificada.
- acción de libertad
- al existir concurso de delitos, no es aplicable el Art. 236
- 1)
- i)
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 28
- REVOCAR