SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2020-S4

Fecha: 06-Oct-2020

Fragmento 17

             Con carácter previo es necesario advertir que conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal y considerando el principio de subsidiariedad que hace a la acción de libertad, sólo se analizará la última Resolución -Auto de Vista 1/2020-; toda vez que, los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, son los llamados a revisar las resoluciones emitidas por los jueces de primera instancia, puesto que tienen la facultad de analizar los supuestos de vulneración de derechos fundamentales en los que pudieran haber incurrido los jueces de menor jerarquía, en ese sentido se tiene entre otras, la SCP 0849/2014 de 8 de mayo, señaló que: “Al respecto cabe establecer que el mecanismo procesal llamado a regularizar las supuestas irregularidades cometidas en el Auto de Vista es el recurso de casación, por ello y recordando que la acción de amparo constitucional no es un mecanismo sustitutivo de la jurisdicción ordinaria, sólo se analizará el Auto Supremo impugnado, que es el idóneo para subsanar los supuestos errores de los tribunales de instancia(las negrillas nos corresponden).