Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
II.1.
II.1. El 26 de octubre de 2002 funcionarios del Control Operativo Aduanero, procedieron a elaborar el Acta de Secuestro, realizando el registro del vehículo tipo camión, marca Volvo, placa de control 1012-PDH, chasis YV2H2BHC3KB437078; motorizado que se encuentra bajo custodia del concesionario de Depósito Aduanero ALMAPAZ para ser puesto a disposición del Ministerio Público, quien dispondrá la custodia para su conservación (fs. 22); posteriormente, en la misma fecha se elaboró el Acta de Intervención AN/COA/OCC 214/02 LP, identificando a Rolando Campos García -ahora accionante- como conductor del motorizado de las características descritas (fs. 45 a 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- exhorta al impetrante a que tenga conocimiento de la nota que cursa a fjs 497
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
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- II.6.
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- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- al Tribunal
- la presente acción de defensa no puede ser utilizada como una instancia supletoria para pedir el cumplimiento de resoluciones, dado que ello constituye una competencia que le corresponde únicamente al órgano judicial o administrativo que emitió la resolución y no a la jurisdicción constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- este tribunal incurriría en un error de devolver un vehículo que no le corresponde si existe el número 4 y el h que no guarda correlación y no es la vía la Acción de Amparo
- REVOCAR