SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2020-S1

Fecha: 21-Oct-2020

b)

b) Sobre el segundo agravio: Señalaron que dicho aspecto no fue solicitado en el petitorio del incidente de revocatoria de guarda de la menor, planteado por la ahora peticionante de tutela, por lo que la      Jueza aquo de mutuo propio y de oficio, dispuso que los padres maternos puedan visitar a la menor quincenalmente, vulnerando el debido proceso en su elemento congruencia externa, al no haber correspondencia entre lo pedido en el incidente, con lo resuelto en el auto apelado; además que, en ningún informe consta que se le hubiera pedido opinión a la niña sobre si quería o no ser visitada por sus abuelos maternos, al margen que dicha pretensión no fue puesta en debate ni del contradictorio, correspondiendo revocar esa decisión de la Jueza aquo por ser manifiestamente ultrapetita.