SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2020-S3

Fecha: 12-Nov-2020

f)

f)        Con relación al hecho que conforme al art. 17 del Reglamento de Evaluaciones de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, el estudiante afectado en sus derechos, podrá solicitar la revisión de cualquiera de sus exámenes por error del docente, por reclamo del estudiante, por error en la transcripción o ponderación realizada en el Departamento Académico de la Unidad, la Resolución de Recurso Jerárquico 137/2019 se remitió al acápite correspondiente a la fundamentación técnica jurídica de la RA 204/2019, en el que se argumentó que la baja por insuficiencia académica fue el resultado de la reprobación de la materia en segunda instancia y después del proceso de revisión extraordinaria solicitada por el recurrente -hoy accionante-, donde se elaboró un acta de revisión extraordinaria en la que se consignó la nota final de reprobación de 46,5 puntos y donde expresamente se señaló: ‘“sin observaciones por parte del caballero cadete”’ (sic), siendo avalada con las firmas del citado, del docente y de la autoridad administrativa de la Subdirección de la ANAPOL.

Por esta razón, y señalando que el docente se ratificó plenamente en el contenido y pertinencia del solucionario, el ex Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector ahora accionado alegó que se desvirtuó en su totalidad lo aseverado con relación a las alegaciones expuestas en el recurso jerárquico.