SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2020-S3
Fecha: 12-Nov-2020
f)
f) Con relación al hecho que conforme al art. 17 del Reglamento de Evaluaciones de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre”, el estudiante afectado en sus derechos, podrá solicitar la revisión de cualquiera de sus exámenes por error del docente, por reclamo del estudiante, por error en la transcripción o ponderación realizada en el Departamento Académico de la Unidad, la Resolución de Recurso Jerárquico 137/2019 se remitió al acápite correspondiente a la fundamentación técnica jurídica de la RA 204/2019, en el que se argumentó que la baja por insuficiencia académica fue el resultado de la reprobación de la materia en segunda instancia y después del proceso de revisión extraordinaria solicitada por el recurrente -hoy accionante-, donde se elaboró un acta de revisión extraordinaria en la que se consignó la nota final de reprobación de 46,5 puntos y donde expresamente se señaló: ‘“sin observaciones por parte del caballero cadete”’ (sic), siendo avalada con las firmas del citado, del docente y de la autoridad administrativa de la Subdirección de la ANAPOL.
Por esta razón, y señalando que el docente se ratificó plenamente en el contenido y pertinencia del solucionario, el ex Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector ahora accionado alegó que se desvirtuó en su totalidad lo aseverado con relación a las alegaciones expuestas en el recurso jerárquico.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la motivación, fundamentación, congruencia
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- uno de los elementos del debido proceso es la congruencia en virtud de la cual la autoridad jurisdiccional o administrativa
- la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- x)
- vulneró el derecho al debido proceso por incongruencia omisiva
- b)
- c)
- d)
- vulneró el derecho al debido proceso del accionante por incongruencia omisiva
- e)
- f)
- g)
- h)
- j)
- CONFIRMAR
- a) Dejar sin efecto