SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2020-S3

Fecha: 12-Nov-2020

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h)       En cuanto a la supuesta inobservancia de los objetivos pedagógicos del proceso de enseñanza - aprendizaje, previstos en la Ley de la Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”, por haberse planteado preguntas incompletas, ambiguas y poco entendibles, con la única finalidad de confundir al estudiante, haciéndole incurrir en error; por lo que debe realizarse una revisión extraordinaria del examen de segunda instancia y programar uno nuevo por otro docente, o en su defecto efectuarse una valoración y ponderación de las preguntas observadas. De acuerdo al contenido en la Resolución de Recurso Jerárquico 137/2019, se llegó a establecer que el accionante no señaló en el recurso de revocatoria de qué manera la calificación de su examen incumplió los objetivos pedagógicos, cotejándose la RA 204/2019 con el Informe elaborado por el docente de la materia de “Seguridad Ciudadana”, quien se ratificó en haber concedido a los estudiantes cinco minutos para que puedan revisar el contenido del examen y que conforme a instructivas vigentes se puede solicitar la aclaración de preguntas en voz alta durante el desarrollo del examen, ratificándose en el solucionario propuesto oportunamente en ocasión de la “Evaluación de Turno”; advirtiendo objetivamente el ex Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector ahora accionado que sobre ese punto, los fundamentos de la Resolución Administrativa antes mencionada fue adecuada y congruente. Ello, denota que el agravio analizado fue debidamente respondido en la Resolución de Recurso Jerárquico 137/2019. Consecuentemente, no se observa vulneración del derecho al debido proceso del accionante.