Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2020-S3
Fecha: 12-Nov-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la educación superior en su componente permanencia y al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia; puesto que la Resolución de Recurso Jerárquico 137/2019 de 16 de agosto omitió pronunciarse sobre los puntos de agravio expresados en el recurso de revocatoria interpuesto contra la RA 275/2018 de 3 de diciembre, emitida por el Consejo Académico de la ANAPOL, por la que se dispuso su baja definitiva de esa Academia.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la motivación, fundamentación, congruencia
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- uno de los elementos del debido proceso es la congruencia en virtud de la cual la autoridad jurisdiccional o administrativa
- la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- x)
- vulneró el derecho al debido proceso por incongruencia omisiva
- b)
- c)
- d)
- vulneró el derecho al debido proceso del accionante por incongruencia omisiva
- e)
- f)
- g)
- h)
- j)
- CONFIRMAR
- a) Dejar sin efecto