Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2020-S3
Fecha: 30-Nov-2020
1º CONCEDER en parte
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, en relación al Alcalde del GAM de Cobija del departamento de Pando, por vulneración al derecho de petición, considerando los razonamientos expuestos en el presente fallo constitucional; disponiendo que en el plazo de veinticuatro horas se haga entrega de la información solicitada; y,
- acción de amparo constitucional
- Solicita información o certificación que indica
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Del contenido esencial del derecho de petición y de los presupuestos para su tutela
- Fragmento 14
- derecho de petición
- la obligación de resolver la petición solicitada en un plazo razonable, dentro de los plazos establecidos mediante su normativa interna o en aplicación al procedimiento administrativo y su reglamentación aplicable para la administración pública,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Con relación a Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del GAM de Cobija del departamento de Pando
- Fragmento 21
- Con referencia a la Presidenta del Concejo Municipal del GAM de Cobija del departamento de Pando.
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER en parte