SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2020-S3
Fecha: 30-Nov-2020
II.2.
II.2. Cursa Nota presentada el 6 de febrero de 2020, por el que el hoy accionante pidió a la Presidenta del Concejo Municipal del GAM de Cobija del departamento de Pando, Isabel Guzmán Ríos de Vaca -ahora coaccionada- que informe o certifique: i) Las oportunidades en que se fiscalizó el rebalse de alcantarillas en el Barrio Villamontes, resultados, recomendaciones y conclusiones; ii) Se le extienda fotocopias simples y legalizadas de todo el proceso de fiscalización; y, iii) Si dentro las demandas sociales, voto resolutivo o protestas sociales que llevó adelante la Junta Escolar de la ciudad de Cobija se contempla las medidas paliativas para el cese de la contaminación ambiental por rebalse de alcantarillas y reposición de calles del Barrio Villamontes que conecta y garantiza el libre tránsito peatonal a los estudiantes de la Escuela Sofía Calpiñeiro, en atención especial a los niños del Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES), solicitud que fue reiterada por nota presentada el 11 del mismo mes y año (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- Solicita información o certificación que indica
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Del contenido esencial del derecho de petición y de los presupuestos para su tutela
- Fragmento 14
- derecho de petición
- la obligación de resolver la petición solicitada en un plazo razonable, dentro de los plazos establecidos mediante su normativa interna o en aplicación al procedimiento administrativo y su reglamentación aplicable para la administración pública,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Con relación a Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del GAM de Cobija del departamento de Pando
- Fragmento 21
- Con referencia a la Presidenta del Concejo Municipal del GAM de Cobija del departamento de Pando.
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER en parte