Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2020-S3
Fecha: 30-Nov-2020
III.2. Análisis del caso concreto
La problemática expuesta se fundamenta en que el actor del presente amparo constitucional, alega que las autoridades accionadas, lesionaron su derecho a la petición, por cuanto no dieron una respuesta formal y oportuna a sus solicitudes de informe y extensión de documentación respecto a la labor desarrollada y fiscalizada por la Alcaldía y el Concejo Municipal, ambos del GAM de Cobija del departamento de Pando, en el Barrio Villamontes sobre la aparente contaminación ambiental existente por el rebalse de alcantarillas en sus diferentes calles que pone en riesgo la salud de sus habitantes.
- acción de amparo constitucional
- Solicita información o certificación que indica
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Del contenido esencial del derecho de petición y de los presupuestos para su tutela
- Fragmento 14
- derecho de petición
- la obligación de resolver la petición solicitada en un plazo razonable, dentro de los plazos establecidos mediante su normativa interna o en aplicación al procedimiento administrativo y su reglamentación aplicable para la administración pública,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Con relación a Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del GAM de Cobija del departamento de Pando
- Fragmento 21
- Con referencia a la Presidenta del Concejo Municipal del GAM de Cobija del departamento de Pando.
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER en parte