SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2020-S3
Fecha: 30-Nov-2020
Solicita información o certificación que indica
En su calidad de vecino preocupado por la situación actual de su barrio denominado “Villamontes” y la ciudad de Cobija debido a la falta de políticas públicas en salud, educación, medio ambiente y otros por parte del gobierno municipal, en el marco del derecho a la información, el 29 de enero de 2020 presentó una solicitud al GAM de Cobija del departamento de Pando, con referencia: ‘“Solicita información o certificación que indica”’ (sic.); sin que a la fecha del planteamiento de la presente acción tutelar, reciba respuesta alguna, pese a que realizó el seguimiento y reiterado la misma, situación que se repitió con la nota presentada el 6 de febrero de igual año a la Presidenta del Concejo Municipal del referido municipio, cuando ambos oficios tienen como objeto tener conocimiento de las políticas públicas que se encuentran implementando y en base a sus respuestas realizar peticiones o demandas dentro los ámbitos señalados precedentemente.
- acción de amparo constitucional
- Solicita información o certificación que indica
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Del contenido esencial del derecho de petición y de los presupuestos para su tutela
- Fragmento 14
- derecho de petición
- la obligación de resolver la petición solicitada en un plazo razonable, dentro de los plazos establecidos mediante su normativa interna o en aplicación al procedimiento administrativo y su reglamentación aplicable para la administración pública,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Con relación a Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde del GAM de Cobija del departamento de Pando
- Fragmento 21
- Con referencia a la Presidenta del Concejo Municipal del GAM de Cobija del departamento de Pando.
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER en parte