SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0760/2020-S2
Fecha: 21-Dic-2020
II.8.
II.8. Por Resolución de Sobreseimiento 94/2017 de 12 de junio, Luis Fernando Atanacio Fuentes y José Omar Yujra Paucara, Fiscales de materia asignados a la Fiscalía Corporativa de Delitos Patrimoniales de la ciudad de El Alto, decretaron el sobreseimiento de Juana Aliaga Vda. de Tallacahua y Orlando Tallacahua Aliaga, argumentando entre otras cosas, que: 1) No se contaba con un Dictamen Pericial Documentológico de la Escritura Pública 164/82 de 29 de diciembre de 1982; 2) Los elementos de prueba eran insuficientes para fundamentar la Acusación; y, 3) “EN EL PRESENTE CASO NO EXISTE MATERIAL PROBATORIO INCRIMINATORIO EN CONTRA de los imputados JUANA ALIAGA Vda. de TALLACAHUA, que hubiera sido recabado durante la investigación y la etapa preparatoria que permitan demostrar la culpabilidad de los mismos en la comisión de los delitos de FALSEDAD MATERIAL, FALSEDAD IDEOLÓGICA y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO y ORLANDO TALLACAHUA ALIAGA por el ilícito de USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO” (sic [fs. 77 a 81]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las atribuciones del Ministerio Público en el proceso penal y en la etapa preparatoria
- legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad, autonomía, unidad y jerarquía, celeridad y transparencia
- 11.
- no pudiendo omitir la recolección y compulsa de aquella prueba que tenga relación con los hechos denunciados, que conduzca a demostrar la responsabilidad del imputado o acusado.
- Durante el proceso de recolección de elementos de prueba, el Ministerio Público debe agotar cuanto sea pertinente para la investigación, en función de cumplir con su propósito de promover la acción de la justicia, para perseguir y sancionar al autor de la comisión de un delito, no pudiendo omitir la recolección y compulsa de aquella prueba que tenga relación con los hechos denunciados, que conduzca a demostrar la responsabilidad del imputado o acusado
- Fragmento 19
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones del Ministerio Público
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- debe tomar en cuenta todas las circunstancias que permitan fundar una acusación
- i)
- iii)
- v)
- cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación;
- insuficiencia de elementos de prueba para
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR