SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0760/2020-S2
Fecha: 21-Dic-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la propiedad, al acceso a la justicia, a la impugnación, al debido proceso en sus elementos de fundamentación y correcta valoración probatoria y los principios de legalidad, seguridad jurídica e impugnación; alegando que dentro del proceso penal seguido contra Juana Aliaga Vda. de Tallacahua y Orlando Tallacahua Aliaga, el Ministerio Público de manera infundada e injustificada, emitió la Resolución de Sobreseimiento 94/2017, y posteriormente impugnada la misma, Aly Rosario Venegas Miranda, Fiscal Departamental de La Paz en suplencia legal, mediante la Resolución FDLP/ARVM/S 535/2017, ratificó el Requerimiento dictado en primera instancia; de manera arbitraria, injusta e ilegal, y contraria a los valores y principios del Estado Plurinacional de Bolivia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las atribuciones del Ministerio Público en el proceso penal y en la etapa preparatoria
- legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad, autonomía, unidad y jerarquía, celeridad y transparencia
- 11.
- no pudiendo omitir la recolección y compulsa de aquella prueba que tenga relación con los hechos denunciados, que conduzca a demostrar la responsabilidad del imputado o acusado.
- Durante el proceso de recolección de elementos de prueba, el Ministerio Público debe agotar cuanto sea pertinente para la investigación, en función de cumplir con su propósito de promover la acción de la justicia, para perseguir y sancionar al autor de la comisión de un delito, no pudiendo omitir la recolección y compulsa de aquella prueba que tenga relación con los hechos denunciados, que conduzca a demostrar la responsabilidad del imputado o acusado
- Fragmento 19
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones del Ministerio Público
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- debe tomar en cuenta todas las circunstancias que permitan fundar una acusación
- i)
- iii)
- v)
- cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación;
- insuficiencia de elementos de prueba para
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR