Declaración Constitucional Plurinacional 0003/2020 de 4 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Declaración Constitucional Plurinacional 0003/2020 de 4 de marzo

Fecha: 04-Mar-2020

art. 122.I

Respecto al art. 122.I de la COM de Okinawa Uno, debe acudirse a la regulación prevista por el art. 299.II.4 de la CPE, que establece como competencia concurrente “conservación de suelos, recursos forestales y bosques”; competencia que se complementa con la disposición del art. 302.I.5 de la Norma Suprema, que regula en cuanto a, “preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales (…)”; debiendo comprenderse que la norma ahora analizada, per se, se sujeta a los niveles de gobierno departamental y nacional a efectos de la ejecución de políticas generales en la temática objeto de regulación, por lo que no se advierte que exista cargo alguno de incompatibilidad.