SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2020-S2

Fecha: 05-Mar-2020

i)

Por su parte, Armando Herrera Huarachi, también Juez del Tribunal de Sentencia Penal Octavo del departamento de La Paz, indicó en audiencia (fs. 100 y vta.) que: i) Por Auto de 2 de mayo de 2017, el Juez de la causa rechazó la devolución de obrados realizada por el Tribunal del que forma parte, fallo que no fue cuestionado por la accionante quien actuó con dejadez y negligencia considerando que debió impugnar en su oportunidad, además de dirigir la presente acción contra el referido Juez de control jurisdiccional, más aún si el Tribunal precitado cumplió la devolución pero después tuvo que radicar nuevamente la causa por el rechazo mencionado, deslindando cualquier responsabilidad; y, ii) No correspondía la formulación de una acción de libertad por cuanto la demandante de tutela no se encuentra privada de libertad ni perseguida o procesada indebida o ilegalmente; existiendo la intención de dilatar el juicio oral público y contradictorio ya fijado, al cuestionar actuaciones suscitadas dos años atrás dejando entrever el por qué no se planteó la acción que correctamente correspondía, como es la acción de amparo constitucional.