SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2020-S2

Fecha: 05-Mar-2020

III.3.  De los razonamientos asumidos en la

III.3.  De los razonamientos asumidos en la SCP 0408/2017-S3 de 12 de mayo, y la concesión de la tutela en una acción de libertad en la que los jueces técnicos no dispusieron la devolución de obrados al juez de la causa, pese a la existencia de incidentes opuestos en la etapa preparatoria pendientes de resolución

En la acción de libertad resuelta por la SCP 0408/2017-S3, las entonces accionantes denunciaron la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, así como la amenaza de su derecho a la libertad, considerando que las autoridades demandadas (Jueces técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Sexto del departamento de Santa Cruz), a pesar de reconocer el estado pendiente de un incidente de nulidad planteado en el proceso por defectos absolutos, emitieron el Auto de radicatoria y posteriormente el Auto de apertura de juicio oral, señalando incluso fecha de inicio de audiencia, cuando lo que correspondía -habiendo advertido la falta de resolución del incidente- era que dicho Tribunal devuelva actuados para que la Jueza de la causa resuelva el incidente planteado de su parte, y no determinar el inicio del juicio oral cuando el incidente que no fue resuelto justamente planteaba la nulidad de la imputación formal, base de la iniciación del juicio oral.