SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2020-S2

Fecha: 05-Mar-2020

II.4.

II.4.    A través de Auto de 2 de mayo de 2017, el Juez de la causa rechazó la devolución de obrados dispuesta por la Presidenta del Tribunal de Sentencia Penal Octavo del citado departamento, ordenando la nueva remisión de obrados ante dicho Tribunal, fundamentando la imposibilidad de prorrogar la competencia de jueces; por lo que, a tenor del art. 325 del CPP, presentada la acusación fiscal cumplió con el envío de antecedentes del proceso al referido despacho (fs. 77 a 78). Por Auto de 22 de junio de ese año, el Tribunal señalado radicó la causa (fs. 80). No consta que contra esas determinaciones la parte impetrante de tutela hubiera ejercido su derecho a la impugnación.