SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020-S3

Fecha: 10-Mar-2020

Fragmento 24

           Resuelta como se encuentra la problemática planteada, es necesario referirse al trámite procesal de la presente acción de defensa, en el que se advierten situaciones que incumplen la normativa procesa constitucional, así el art. 126.IV de la CPE, determina que la decisión emitida por el Juez o Tribunal de garantías, se elevará en revisión de oficio ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas, lo que no ocurrió en el caso particular, ya que la presente acción tutelar fue resuelta el 5 de julio de 2019 y los antecedentes fueron recepcionados en Secretaría General de este Tribunal, recién el 22 del referido mes y año (fs. 54 vta.); es decir, después de más de dos semanas de haber sido resuelta la acción tutelar, incumpliendo precedentemente señalado, término que responde a la naturaleza sumaria de esta acción de defensa.