Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020-S3
Fecha: 10-Mar-2020
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por acuerdo jurisdiccional TCP-SP-055/2019 de 18 de diciembre, se procedió a la reconformación de las Salas, disponiendo que todos los expedientes que se encuentren con plazo suspendido hasta el 26 de igual mes y año, sean devueltos a la Comisión de Admisión de este Tribunal para un nuevo sorteo; por lo que, el presente fallo se emite dentro del plazo.
- acción de libertad
- 1).- SOMETERSE A LA VIGILANCIA DE ESTE TRIBUNAL DE SENTENCIA DEBIENDO PRESENTARSE EN SECRETARIA CADA PRIMER DIA HABIL DE CADA MES Y FIRMAR EL CUADERNO DE CONTROL. 2).- SE DEJA SIN EFECTO LAS MEDIDAS SUSTITUTIVAS ADOPTADAS EN LA ETAPA PREPARATORIA. 3).- EN ARAS DE VIVIR BIEN COMPRENDIDO COMPRENDIDO EN EÑ ART. 8 DE LA C.P.E., DEBE ACOMODARSE Y LLEVAR UNA CONVIVENCIA PACIFICA EN SU COMUNIDAD
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares;
- Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro:
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. La responsabilidad e integridad judicial como componentes de una eficiente administración de justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- sin embargo, en aplicación de lo previsto en el art. 366 del CPP, en el mismo fallo fue beneficiado con la suspensión condicional de la pena,
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER