SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2020-S3

Fecha: 17-Mar-2020

vulneró su derecho al debido proceso en su componente de aplicación objetiva del ordenamiento jurídico

El Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. hoy demandado al emitir la Resolución 44/18, vulneró su derecho al debido proceso en su componente de aplicación objetiva del ordenamiento jurídico, puesto que convalidó la lesión de los arts. 11 y 12 del Reglamento de la Reserva Activa y Situación de Disponibilidad en las Fuerzas Armadas “CJ-RGA-230” realizada por el Tribunal inferior, al no pronunciarse con relación a la problemática central que versa sobre su destino a la Letra “A” con solo treinta y tres años, siete meses y doce días de servicio efectivo, sin realizar ninguna solicitud al Comandante del Ejército o de las FF.AA., dando lugar a su jubilación obligatoria, cuando no existe norma alguna que avale esa determinación, constituyéndose en un trato diferenciado y discriminatorio con relación a los demás miembros de las FF.AA., debido a que se le impide gozar del beneficio de complementación de la renta de vejez determinado en el art. 11 del Decreto Supremo (DS) 24668 de 21 de junio de 1997.