SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
II.2.
II.2. Por Auto de Vista 345/2019 de 19 de agosto, Elisa Exalta Lovera Gutiérrez y Henry David Sánchez Camacho, Vocales de la Sala Penal Tercera y Cuarta, respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora accionados-, resolvieron el recurso de apelación incidental interpuesto por el accionante contra el Auto Interlocutorio 479/2019, declarando procedente en parte las cuestiones planteadas y, en consecuencia, confirmaron dicho Auto Interlocutorio con la modificación que se desvirtuó el riesgo procesal previsto en el art. 235.1 del CPP, manteniéndose firme con relación a los art. 234.1, 2, 8 y 10; y 235.2, del citado Código, disponiendo que se mantenga la detención preventiva del accionante (fs. 72 a 74).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Tribunal de apelación
- exigencia de pronunciar una resolución motivada en la que se establezca la concurrencia de los requisitos de validez para determinar la detención preventiva, entendiendo por motivo fundado a aquél conjunto articulado de hechos que permiten inferir de manera objetiva que la persona imputada es probablemente autora de una infracción o partícipe de la misma y que existe riesgo de fuga y/u obstaculización de
- que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca; aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial conforme establece el art. 124 del CPP”
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- 5)
- 6)
- ii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- Sobre el
- Respecto al segundo agravio
- En cuanto al
- Con relación al
- CONFIRMAR