SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2020-S3

Fecha: 13-Jul-2020

v)

                 v)   En cuanto al art. 234.10 del CPP, concluyeron que permanecía latente el riesgo procesal de ser un peligro para la sociedad, pues si bien su abogado refirió que los acusadores debieron presentar REJAP, así como la certificación de antecedentes policiales, no era un criterio único y absoluto, ya que debía primar la sana crítica, la revisión y análisis integral de los antecedentes. En ese caso, el accionante contaba con dos procesos penales en su contra, relacionados al presunto Título en Provisión Nacional de Abogado falsificado, que supuestamente fue utilizado para presentarse a trabajar en instituciones públicas sin ningún temor ni reparo, a través del cual percibió salarios provenientes del Estado;