Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
a)
Solicitó que se conceda la tutela impetrada, y en consecuencia: a) Se deje sin efecto el Decreto de 8 de febrero de 2019; b) En control de constitucionalidad y convencionalidad se disponga la remisión del recurso de apelación incidental conforme se dispuso por providencia de 16 de junio de 2015; y, c) La consiguiente nulidad de obrados hasta el estado de elaborarse una correcta Nota de Remisión y Cortesía y se resuelva por el Tribunal de alzada el recurso de apelación incidental al ser de especial y previo pronunciamiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III.
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 29
- CONFIRMAR