Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
II.2.
II.2. Cursa memorial de recurso de apelación incidental presentado el 8 de mayo de 2015, por Pamela Sapiencia Zambrana y Víctor Macedonio Sapiencia Ochavez, ante el prenombrado Juez de Sentencia, dentro del referido proceso penal, impugnando el Auto Interlocutorio de rechazo de las excepciones de prejudicialidad e incompetencia dispuesto en audiencia de juicio oral de 6 de mayo de 2015; mereciendo Decreto de 13 del señalado mes y año, que dispone traslado a la parte contraria conforme a lo previsto por el art. 405 del CPP (fs. 105 a 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III.
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 29
- CONFIRMAR