SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
III.
La accionante, a través de su representante legal, denuncia la vulneración al debido proceso en sus elementos debida fundamentación, motivación y congruencia, a la defensa y tutela judicial efectiva; y de petición, relacionados con su derecho a la libertad; puesto que, en el proceso penal seguido en su contra, dentro del plazo y en la forma previstos por ley interpuso recurso de apelación incidental impugnando el rechazo de las excepciones de prejudicialidad e incompetencia; sin embargo, debido a un error en la nota de remisión, el mismo no fue tratado por los tribunales de apelación y de casación que se limitaron a resolver la apelación restringida; asimismo, en ejecución de fallos, la actual autoridad judicial pretende ejecutar mandamiento de condena en su contra, por lo que reclamó a dicha autoridad que en control de convencionalidad y constitucionalidad, se disponga la remisión del recurso incidental ante el Tribunal de alzada para su resolución; sin embargo, dicha pretensión le fue negada sin fundamento alguno y de manera incongruente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III.
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 29
- CONFIRMAR