SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
1)
Nicolás Beltrán Chavarría, por informe presentado el 7 de agosto de 2019, cursante de fs. 180 a 181, señaló lo siguiente: 1) Desde el 11 de marzo del mismo año se encuentra alejado de las decisiones asumidas por el Sindicato de Trabajadores de IABSA, conforme acredita por la solicitud de licencia indefinida que presentó al cargo de delegado del comité cívico, por razones estrictamente particulares; asimismo, por razones personales ha realizado constantes viajes a la ciudad de Tarija y al exterior del país, por lo que no tiene nada que ver con los hechos denunciados; 2) Por la copia simple del Auto interlocutorio de 13 de junio del señalado año, emitido por el Juzgado Agroambiental de Bermejo y copia del memorial de 22 de igual mes y año, demuestra que no estuvo de acuerdo con las acciones asumidas en contra de la empresa mencionada; y, 3) El 15 de julio del mismo año, presentó su renuncia irrevocable al Sindicato de Trabajadores de IABSA, dejando de ser parte de dicha entidad desde esa fecha, así como su condición de delegado ante el comité cívico.
- acción de amparo constitucional
- I.1.Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1.
- III.2. La cesación de los efectos del acto reclamado como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- De lo manifestado, se concluye que la protección que brinda la presente acción tutelar no se activa cuando los efectos de la resolución o acto impugnado hubieren cesado, por lo tanto, cuando el acto hubiere quedado revocado o anulado el amparo es improcedente; porque se supone que el acto lesivo de los derechos y garantías de las personas ha desaparecido
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR