Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2020-S4
Fecha: 23-Jul-2020
II.5.
II.5. Corre el pago de finiquito por la suma de dinero de Bs67 129.- (sesenta y siete mil ciento veintinueve bolivianos) de 22 de agosto de 2018, correspondiente al impetrante de tutela, quien estampó su firma en señal de conformidad por el cobro del referido monto; asimismo, se advierte fotocopia de un cheque emitido a favor de Luis Alberto Serrate Middagh por la mencionada suma de dinero (fs. 11 y vta.; y, 68).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- despido indirecto por rebaja de sueldo como primera condición y como segunda condición que se me elabore mi finiquito laboral por los servicios profesionales prestados
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- DESPIDO LABORAL INDIRECTO
- otras vías procesales idóneas
- CONFIRMAR