SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

II.3.

II.3.  A través de CARTA/ASC.ACC FABSOL & ASOCIADOS – CH.02/2019 de 8 de abril, el ahora accionante nuevamente solicitó la ampliación del plazo para la presentación de documentos, argumentado, además de los motivos de salud del representante legal de la Asociación Accidental citada anteriormente, el retraso en la tramitación de las boletas de garantías por las entidades encargadas de emitirlas, acompañando a tal efecto, certificaciones del Banco Bisa y Nacional Seguros Patrimoniales y Fianzas S.A., que indicaban que las garantía se encontraban en trámite; petición que fue aceptada por la entidad contratante mediante nota FPS/GDCH/434/2019 de 8 de abril, y notificada al proponente el 9 del mismo mes y año a las 16:00, otorgando como plazo para la presentación de toda la documentación –con excepción de la garantía de correcta inversión de anticipo, cuya entrega fue entendida como no obligatoria–, hasta la misma fecha citada anteriormente, en el comprendido que todos los demás documentos ya estarían listos (fs. 13; 19 a 20; 22, 23 y 101).