Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2020-S3
Fecha: 22-Jul-2020
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 94/2019 de 18 de julio, cursante de fs. 224 a 228, pronunciada por Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- II.3.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Principio de congruencia: entendimiento
- 2)
- 3)
- 4)
- 6)
- 7)
- 8)
- 9)
- 11)
- iii)
- iv)
- v)
- Sobre la alegada falta de respuesta a los argumentos vertidos en el recurso de apelación
- Sobre la falta de fundamentación y motivación
- Sobre la incorporación de criterios que no fueron referidos dentro del proceso
- Sobre la vulneración de los derechos a la familia respecto a la igualdad de los hijos y de los padres; y, la vida digna relacionada al principio de vivir bien
- CONFIRMAR