SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2020-S3

Fecha: 15-Jul-2020

2)

2)   Se ordena que sea su persona quien asuma los honorarios profesionales regulados, sin tomar en cuenta que la imposición de costas y costos únicamente corresponde cuando existe una parte victoriosa y otra perdidosa, hecho que no ocurrió en ese caso; y al existir un Acta de Audiencia Conciliación y no resolverse las excepciones planteadas por su persona, no existen partes victoriosas ni derrotadas, por lo que es improcedente la imposición del pago de honorarios profesionales;