SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2020-S3

Fecha: 15-Jul-2020

3)

3)   En la solicitud de regulación de honorarios profesionales se hace referencia a los montos establecidos por el Arancel del CONALAB, pretendiendo cobrarse los mismos en su totalidad; sin embargo, el proceso concluyó en la vía conciliatoria, por lo que se debió aplicar el inc. 7) de las Resoluciones del Colegio de Abogados correspondientes a su Arancel, debiendo únicamente aprobarse el 50% del monto pactado. Ese monto se relaciona con la obligación estipulada en el inc. 9) de dichas Resoluciones; es decir, la obligación que tiene el abogado de presentar su iguala visada por el Colegio de Abogados para que se pueda aprobar el pago del 50% del monto pactado entre este y su cliente; y,