SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S3

Fecha: 23-Jul-2020

g)

g)  La guarda -se reiteró- al estar a favor de la madre genera gastos del día a día como transporte, vestimenta y manutención; y, sobre todo el tiempo y dedicación a dicha atención, resta sin duda la capacidad para generar recursos económicos en relación al progenitor que no tiene esa carga, prueba de ello es que la madre tiene que contratar una niñera para el cuidado y debida atención de los tres hijos, debiendo agregar como gasto extraordinario el pago a la niñera que debe ser compartido entre los padres.

       Ahora bien, corresponde referir a la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional, que precisa que el debido proceso, entre otros, contiene como componente a la congruencia; por la cual, debe existir estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto.