SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S3
Fecha: 23-Jul-2020
II.4.
II.4. La Sala Civil y Comercial, Familia Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el Auto de Vista 091/2018 de 23 de octubre, revocó totalmente la Sentencia 210 y en consecuencia fijó el monto de asistencia familiar de manera mensual y global en la suma de Bs2 000.- que deberá pagar el obligado Miguel Ángel Ruiz Aliaga -ahora peticionante de tutela- a favor de sus tres hijos, que comprende al 50% de gastos por vivienda, salud, educación, transporte, recreo, gastos de niñera, etc. (fs. 115 a 116 vta.), con dicha determinación, el accionante fue notificado el 14 de enero de 2019 a horas 17:50, en Secretaría de Cámara de la referida Sala (fs. 118).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.2. El debido proceso en su elemento de congruencia de las resoluciones
- III.3.
- DE LOS ARTS. 385 DE LA LEY 603 Y 265.I DE LA LEY 439
- i)
- ii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- b)
- c)
- d)
- f)
- g)
- el Tribunal de alzada debe pronunciarse sobre la contestación al recurso de apelación
- Fragmento 30