Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2020-S2
Fecha: 19-Ago-2020
a)
Solicitaron se conceda la tutela; y en consecuencia, ordenar: a) A las personas demandadas la inmediata desocupación y restitución física de los lotes 5, 6, 7 y 8, ubicado en la av. La Paz, zona Chinchaya, cantón Palca, provincia Murillo del departamento de La Paz, dentro de las veinticuatro horas de su legal notificación, bajo advertencia de emitirse mandamiento de desapoderamiento con ayuda de la fuerza pública; b) La remisión de antecedentes al Ministerio Público a efectos de su procesamiento; y, c) El pago de daños y perjuicios, costas y multa de ley.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- La carga de la prueba, tendiente a demostrar los actos vinculados a medidas o vías de hecho, debe ser cumplida por el peticionante de tutela quien debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR