SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2020-S4
Fecha: 26-Ago-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento impugnación y acceso a recurso jerárquico administrativo; por cuanto, dentro del proceso penal seguido contra Genara Choque Tinta, en el que tienen calidad de víctimas, se concedió el beneficio de amnistía a favor de la acusada, a través de la Resolución 009/2017, contra la que presentaron recursos de revocatoria y jerárquico (luego de haber sido notificados con dicha resolución administrativa, en cumplimiento a lo ordenado una acción de amparo constitucional presentada con anterioridad, que se les concedió la tutela), mismos que fueron rechazados por la Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz –hoy demandada–, a través de los CITE:DDRP-ADM/DIR. 055/2019 y CITE:DDRP-ADM/DIR. 059/2019, alegando que no correspondía su presentación de acuerdo a procedimiento; omitiendo así, remitir el recurso jerárquico ante el Ministerio de Gobierno, para que sea resuelto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los efectos de las Sentencias Constitucionales cuando se revoca la tutela otorgada por los Jueces o Tribunales de Garantías. Jurisprudencia reiterada.
- ’Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio,
- la resolución de los Jueces y Tribunales de garantías surte efectos de manera inmediata y debe ser ejecutado sin observación, incluso antes de que el Tribunal Constitucional Plurinacional dicte su fallo en la fase de revisión
- cuando la tutela concedida es confirmada se ratifican los efectos dispuestos, pero si la misma es revocada, esto implica que los efectos jurídicos emergentes de la tutela inicial quedan sin efecto jurídico y la situación regresa a su estado anterior,
- 2) Respecto a los Vocales de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz demandados.
- inc. i) de la parte inicial de los Fundamentos Jurídicos del fallo
- segunda parte
- inc. iii)
- inc.3)
- III.4. La actuación de la Jueza de garantías
- III.3. Análisis del caso concreto
- En mérito a ello, la postura de los accionantes en sentido de que debió anteponerse su derecho a ser oídos antes de cada decisión judicial, en el caso concreto, previo a que el Tribunal de la causa homologue la Resolución - Amnistía 009/2017, por sobre el principio de legalidad, no tiene mérito,
- REVOCAR