SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2020-S4

Fecha: 26-Ago-2020

la resolución de los Jueces y Tribunales de garantías surte efectos de manera inmediata y debe ser ejecutado sin observación, incluso antes de que el Tribunal Constitucional Plurinacional dicte su fallo en la fase de revisión

En este entendido, la resolución de los Jueces y Tribunales de garantías surte efectos de manera inmediata y debe ser ejecutado sin observación, incluso antes de que el Tribunal Constitucional Plurinacional dicte su fallo en la fase de revisión, de acuerdo con lo establecido en el art. 126.IV de la Norma Suprema; pues no podría tolerarse que una vulneración de derechos se mantenga en tanto el máximo órgano se pronuncie. No obstante, ocurre que en algunos casos los Jueces y Tribunales de garantías conceden una tutela que no correspondía o viceversa, actuaciones que si bien son corregidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, bajo la previsión del art. 28.II del CPCo y en atención a las circunstancias de cada caso, podrán ser dimensionadas en sus efectos en la parte resolutiva.