Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0419/2020-S1
Fecha: 01-Sep-2020
II.6.
II.6. Mediante memorial de incidente de inejecutabilidad de sentencia presentado el 5 de octubre de 2018, por la ahora solicitante de tutela; indicó que, ya no se le puede pedir el cumplimiento de la obligación que le concierne, ante el incumplimiento de pago de la parte demandante dentro de los cinco días hábiles desde la ejecutoria; entendiendo por consiguiente, que la parte resolutiva de la Sentencia se ha convertido en inejecutable. Por Auto 125/2018 de 17 de octubre, el Juez Agroambiental rechazó el incidente planteado, bajo el principio de invariabilidad, intangibilidad o inmodificabilidad de las resoluciones judiciales firmes (fs. 157 y vta. y 161 a 162 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- NO HA LUGAR
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- Fragmento 19
- III.2. Sobre la ejecución de sentencia en materia agraria
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- Providencia de 10 de julio de 2019
- Fragmento 24
- MAGISTRADA