ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0419/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0419/2020-S1

Fecha: 01-Sep-2020

II.7.

II.7.    Por memorial presentado el 4 de julio de 2019, Enrique Peña y Justo Lino      -ahora terceros interesados- solicitaron se emita conminatoria, ante el incumplimiento de la Sentencia ejecutoriada por parte de los demandados; pidiendo asimismo, se los intimide a abrir una cuenta bancaria para el depósito indemnizable por compensación establecido. Solicitud ante la cual, el Juez Agroambiental -ahora demandado- emitió la Providencia de 10 del mencionado mes y año, conminando a José Parra Sandoval e Hipólita Peña Sandoval a retirar la tranca de madera con candado existente en el ingreso de su propiedad denominada Cañada de Arroyo Parcela 078, pudiendo colocar otra apta para el acceso de vehículos motorizados, permitiendo el libre tránsito de los propietarios de los fundos dominantes, denominados Cañada de Arroyo Parcela 075, Cañada de Arroyo Parcela 076 y Cañada de Arroyo Parcela 077, dentro del plazo prudencial de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su legal notificación, bajo apercibimiento de aplicarse sanciones económicas y el uso de la fuerza pública. Intimándoles por otra parte “a hacer conocer una cuenta bancaria o en su defecto la apertura de una cuenta para el pago por concepto de indemnización del área afectada por el restablecimiento de la servidumbre de paso que afecta su propiedad” [sic (fs. 169 y 170)].