Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2020-S3
Fecha: 24-Sep-2020
iii)
iii) La Sentencia no podía alcanzar la calidad de cosa juzgada material, por la existencia de vulneración de derechos, garantías, principios y valores constitucionales, razón por la cual presentó el incidente de nulidad en su condición de copropietario de su inmueble con una superficie de 1680,60 m2 de la cual se pretende reivindicar 456.60 m2, por el solo hecho de no estar en posesión; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- punto i
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- uno de los elementos del debido proceso es la congruencia en virtud de la cual la autoridad jurisdiccional o administrativa
- la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.2. Análisis del caso concreto
- en incongruencia omisiva
- ii)
- iii)
- b)
- c)
- d)
- CONFIRMAR