SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

3)

3)          Finalmente, respecto a las presuntas contravenciones a lo dispuesto en los arts. 14 del EFP y “8 inc. 2” del Código de Ética del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, los mismos han sido presuntamente desvirtuados en virtud a que el testigo Luis Pablo Revilla Revilla, en la respuesta a la pregunta refiere que: “SÍ EFECTIVAMENTE LE ENTREGUÉ EL DINERO A LA CONCEJAL ROSS MARY LLUSCO PERO NO FUE EN CALIDAD DE LO QUE ESTÁN DISTORSIONANDO EN LA TELEVISIÓN FUE POR UN PRÉSTAMO PERSONAL QUE ESTABA DEVOLVIENDO” (sic), negando con esta declaración efectuada bajo juramento de ley, cualquier acto de cobro o entrega de dádivas para un beneficio personal. La Comisión de Ética aclaró que no posee facultades investigativas, debiendo ser la autoridad jurisdiccional competente quien mediante el procedimiento ordinario que corresponda ahonde en la investigación de la verdad material de los hechos incluyendo la posibilidad de la existencia de un falso testimonio.

   Expuestos los argumentos de la presente acción de amparo constitucional y de la Resolución Municipal 8127/2019, considerando la denuncia de falta de fundamentación, motivación y congruencia realizada en la acción tutelar, corresponde señalar que de acuerdo al razonamiento señalado en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando el legislador atribuye a la administración facultades sancionadoras, dicha administración debe observar las garantías básicas de orden material y formal para que su actuación sea conforme con la Constitución Política del Estado. La congruencia conforme lo señala el Fundamento Jurídico III.2. de este fallo constitucional, dentro del ámbito procesal es la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto, al igual que la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva. Concordancia que debe mantenerse en todo el desarrollo de una resolución, sea esta judicial o administrativa.