Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2020-S3
Fecha: 15-Sep-2020
a)
a) La Resolución apelada vulnera la garantía constitucional del debido proceso en su vertiente fundamentación y motivación, ya que habiendo presentado una serie de pruebas periciales de naturaleza biológica y psicológica, así como los diversos informes, los mismos no fueron valorados para enervar los riesgos previstos en los arts. 234.10 y 235.2 ambos del CPP, y siendo que el citado informe de pericia biológica y genética establecería que no se encuentran elementos que vinculen la presencia de un varón en tales muestras, inclusive que se estaría afectando la probabilidad de autoría en el ilícito que se investiga; y,
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- delimita las atribuciones y la labor realizada entre jurisdicciones, pues la constitucional no puede ingresar a valorar prueba o revalorizarla, alcanzando su competencia y facultades únicamente a determinar la existencia de lesión de derechos en dicha labor, centrada básicamente en verificar apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad y/u omisión valorativa,
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- b)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- CONFIRMAR en todo